Tránsito del Atlántico refuerza controles operativos viales al transporte público intermunicipal

Las autoridades de tránsito en el Atlántico ejercen acciones conjuntas con las diferentes entidades del orden local con el fin de verificar el cumplimiento de las normas establecidas por el gobierno nacional y departamental para enfrentar el Covid-19.

Toda esta semana, el Tránsito del Atlántico, la seccional de Tránsito y Transporte de la Policía del Atlántico, Área Metropolitana de Barranquilla y autoridades municipales, reforzaron los controles viales con el objetivo de vigilar que las distintas empresas de transporte público intermunicipal cumplan con lo establecido en el decreto de la gobernación del Atlántico por el cual se instauró el pico y cédula para el acceso a lugares privados abiertos al público, bancos, notarías, establecimientos comerciales y transporte público de pasajeros.

Cabe destacar que la decisión de reforzar los controles operativos viales se dio luego de que el Tránsito del Atlántico presidiera una reunión virtual con Área Metropolitana de Barranquilla, representada por su director, Libardo García, y autoridades de los diferentes municipios del departamento. En dicha reunión, además de concertar el incremento de controles operativos en los 22 municipios del departamento, se acordó notificar a las empresas de transporte intermunicipal y a la comunidad en general, acerca de las medidas que rigen en el Atlántico para contener los contagios de Covid-19.

El decreto 000127 del 5 de abril de 2021 expedido por la gobernación del Atlántico, establece que los atlanticenses, con excepción del distrito de Barranquilla, solo podrán acceder a los servicios de transporte terrestre público de pasajeros individual, intermunicipal, colectivo y masivo, según el último digito de su documento de identificación y en el día de la semana que corresponde así:

FECHA DIGITO
Lunes 12 de abril 1-3-5-7-9
Martes 13 de abril 0-2-4-6-8
Miércoles 14 de abril 1-3-5-7-9
Jueves 15 de abril 0-2-4-6-8
Viernes 16 de abril 1-3-5-7-9
Sábado 17 de abril 0-2-4-6-8
Domingo 18 de abril 1-3-5-7-9
Lunes 19 de abril 0-2-4-6-8

Esta medida no aplicará para aquellas personas que acrediten sumariamente movilizarse para el cumplimiento de actividades laborales o circunstancias relacionadas con la atención médica, el personal de salud debidamente acreditado, las personas que deban utilizar el servicio por situaciones de emergencia o por situaciones de caso fortuito o fuerza mayor.

En todo caso, deberá respetarse el aforo establecido por la autoridad competente para el acceso al servicio público de transporte y garantizarse el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos.

Informó:Rafael Guerra R.

Emisora:www.costerisimastereo.com

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