Nuevas reglas para el uso de patinetas y scooters eléctricos en Colombia: Todo lo que necesita saber

Escrito Por: Rafael Guerra R. | Editor www.costerisimastereo.com

El Ministerio de Transporte de Colombia ha presentado un nuevo proyecto de reglamentación para ordenar y controlar el uso de patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas a nivel nacional. La propuesta busca establecer límites de velocidad, exigir equipamiento de seguridad obligatorio y crear un sistema de identificación para estos vehículos, con el fin de proteger la vida de los usuarios y garantizar la seguridad de los peatones en las vías.

Ante el uso masivo de medios alternativos de transporte, el Ministerio de Transporte publicó este 7 de julio de 2026 un documento borrador con nuevas directrices para la llamada «micromovilidad» (el uso de vehículos pequeños y ligeros para trayectos cortos).

La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, fue la encargada de liderar este anuncio, señalando la importancia de adaptar las normas a la realidad actual de las calles colombianas.

«La micromovilidad ya hace parte de la vida cotidiana de miles de personas y el país necesitaba reglas claras para garantizar una convivencia segura entre todos los actores de la vía. Con esta reglamentación damos un paso histórico para ordenar su circulación», explicó la ministra Rojas.

En los últimos años, el uso de patinetas y bicicletas con motor eléctrico ha crecido de manera acelerada. Los ciudadanos los prefieren para ir al trabajo, estudiar o hacer diligencias rápidas para evadir el tráfico. Sin embargo, la falta de regulación generaba riesgos de accidentes. Qué significa esto en la práctica: que el Estado ahora reconocerá formalmente a estos vehículos y establecerá deberes claros para sus conductores, priorizando una movilidad más sostenible y organizada.

La nueva reglamentación introduce cambios importantes en las características que deben tener estos vehículos y en el comportamiento de quienes los conducen. Qué deben hacer los ciudadanos a partir de la entrada en vigencia de la norma:

  • Equipamiento obligatorio del vehículo: Deberán contar con frenos, luces delanteras y traseras, elementos reflectivos, pito (o señal sonora), y un indicador visible de velocidad y nivel de batería.

  • Sistemas antimotines: Se exigirá que los vehículos tengan sistemas de fábrica que eviten que sean modificados para superar las velocidades permitidas.

  • Protección personal: Los usuarios deberán portar un casco certificado y usar prendas reflectivas durante la noche.

  • Límites de velocidad: En zonas urbanas, donde no existan reglas municipales distintas, podrán circular por ciclovías y espacios recreativos a un máximo de 25 kilómetros por hora. Fuera de las zonas urbanas, el límite será de 40 kilómetros por hora, bajo ciertas condiciones.

El documento actual es una propuesta que estará abierta a comentarios y sugerencias de la ciudadanía hasta el 9 de julio de 2026. Una vez finalice este proceso, el Ministerio expedirá la reglamentación definitiva.

Una de las consecuencias más notables a largo plazo es que, a partir del 1 de enero de 2027, todos estos vehículos eléctricos deberán portar una lámina de identificación (similar a una placa), lo que facilitará los controles por parte de las autoridades de tránsito.

Para ciudades como Barranquilla y demás capitales de la región Caribe, donde las altas temperaturas y el tráfico pesado impulsan a muchos ciudadanos a buscar alternativas rápidas y ventiladas como las scooters eléctricas, esta medida impactará directamente el uso de las ciclorrutas. Las autoridades locales de tránsito en el Atlántico tendrán ahora herramientas y lineamientos nacionales claros para ejercer control, exigir el uso del casco y regular la velocidad en zonas de alta afluencia peatonal como el Gran Malecón o las principales avenidas.

Se benefician principalmente los peatones, al tener vías más seguras, y los propios usuarios de patinetas y scooters, quienes al contar con reglas claras reducen su riesgo de accidentes y conflictos viales.

La velocidad estará limitada a 25 km/h en entornos urbanos (ciclovías) y a 40 km/h en zonas no urbanas, evitando así que estos vehículos operen a velocidades de motocicletas tradicionales.

La nueva reglamentación del Ministerio de Transporte marca un antes y un después en la forma en que los colombianos se desplazan por las ciudades. Al fijar reglas claras sobre velocidad, seguridad e identificación para patinetas y bicicletas eléctricas, el Gobierno busca un equilibrio entre la movilidad sostenible y la seguridad vial, garantizando que el futuro del transporte urbano sea eficiente sin poner en riesgo la vida humana.

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